El sexo del futuro es violencia machista

(artículo publicado en el diario Información el domingo 26 de noviembre de 2017)

En este diario se publicaba esta pasada semana una noticia con el siguiente titular: “El Festival Erótico de Alicante de IFA adelanta el sexo del futuro con robots y realidad virtual” Y en la entradilla se especificaba que “La sexta edición del FEDA contará este fin de semana en IFA con la presencia estelar de una cibermuñeca y animación erótica”. El contenido, absolutamente acrítico, reproduce la nota de prensa con la que las dos empresas organizadoras (de la industria del porno) hacen publicidad del evento. Un evento que tiene lugar en las instalaciones de la Institución Ferial Alicantina (IFA), un consorcio de carácter semipúblico cuya alta representación y gobierno ostenta Rafael Climent, el Conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo del Gobierno valenciano, y que también esta misma semana confirmaba que la Generalitat asumirá los 70 millones de deuda que soporta IFA, tal y como publicaba este diario. O sea, que parte de eso, que además se celebrará el mismo día en que se denuncia mundialmente la violencia contra las mujeres, lo pago yo con mis impuestos. Como comprenderán, no puedo permanecer en silencio.

No es que yo sea, sexualmente hablando, una “estrecha”. Pero es que lo que nos venden como sexo a través de la pornografía no es sexo, es violencia. Y, concretamente, violencia machista. Ya la feminista Andrea Dworkin, lesbiana radical (¡cuánto tenemos que agradecer a las feministas lesbianas!), centró tempranamente su activismo en la lucha contra la pornografía, como testimonia su libro “El odio a las mujeres” (1974), a la que calificaba como discriminación sexual y que prosperó en Indianápolis en forma de ley con la ayuda de la abogada feminista Catherine Mackinnon. El Tribunal Supremo de los Estados Unidos se encargó de tumbarla. Pero la adelantada Dworkin sabía de qué hablaba aún antes de la generalización de internet. Gail Dines, doctora en Sociología y Estudios de las Mujeres en una institución de enseñanza superior en Boston, afirma ahora (como otras muchas) que la pornografía es la crisis de salud pública de la era digital. Explica cómo la industria pornográfica ha secuestrado la sexualidad, de tal manera que reduce el sexo a un producto industrial tóxico. En efecto, teclear en google “sexo” te catapulta hacia un mundo de violencia sexual, degradación y deshumanización. Lo que llamanos “hacer el amor”, en el mundo del porno –afirma Dines- en realidad es “hacer el odio”. Todas las emociones que emergen están vinculadas al odio: degradación, miedo, violencia, asco. Los chicos piensan que las chicas se van a comportar como las chicas y las mujeres en la pornografía. Así, lo que se denomina “bukake” acaba siendo una violación grupal como la de los sanfermines. Si esto es el sexo del futuro, apaga y vámonos.

Un maltratador no puede ejercer como padre

(artículo publicado en «Información» el domingo 19 de noviembre de 2017)

El asesinato de Jessyca Bravo Cutillas en Elda por su expareja y padre de su hijo motivó la convocatoria por vez primera de la recientemente creada comisión de seguimiento del también reciente Pacto Valenciano contra la Violencia Machista y de Género (se firmó el 18 de septiembre) para analizar qué había fallado. Dos días después del anuncio de esta convocatoria, el domingo, un hombre asesinaba en Alzira a su hija de dos años como venganza por la intención de la madre de separarse de él. Este pasado miércoles se reunía la citada comisión y a resultas de la misma la Vicepresidenta y Consellera de Igualdad, Mónica Oltra, trasladaba a los medios que no se iban a escatimar esfuerzos para conseguir una sociedad “libre, democrática, segura y en paz para las mujeres y los niños”. Y en esa línea anunció que la futura Ley valenciana de Infancia y Adolescencia incluirá la retirada de la patria potestad al padre en caso de existencia de una situación de riesgo para los hijos por violencia de género, así como la obligación para el agresor de dejar la casa en casos de violencia contra menores (espero que se contemple también esta medida en casos de violencia contra las mujeres).

Pero ya la Ley Orgánica 8/2015 de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia modificó la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, estableciendo la posibilidad de que el juez pueda retirar o suspender el ejercicio de la patria potestad, de la guarda y custodia o el régimen de visitas, estancia, relación o comunicación del inculpado por violencia de género respecto de los menores que dependan de él. La cuestión es que no se hace. Y no se hizo en el caso de Jessyca, aunque esa información apenas haya trascendido.

El asesino ya había sido denunciado por ella en 2014, siendo absuelto porque ella se amparó en su derecho a no declarar contra él (incomprensible que esto no se ha cambiado ya). En enero de 2016 fue condenado por un delito de lesiones en el ámbito familiar. Ella lo volvió a denunciar el pasado 2 de noviembre por amenazas y, como medida cautelar hasta la celebración del juicio (señalado para el 9 de noviembre), el juzgado dictó una orden de alejamiento, comunicando la medida según marca el protocolo. Pero hizo algo más: acordó medidas para que las entregas del niño, cuyo régimen de visitas había sido pactado meses atrás por los progenitores, se produjeran a través de una tercera persona. ¿Por qué no lo suspendió? ¿Cómo es posible que un maltratador pueda ser considerado un buen padre y, por tanto, merecedor siquiera de un régimen de visitas? No hablemos ya de custodias…

“Subrogar” la gestación: además de imposible, es inconstitucional

 

(Artículo publicado en diario «Información» el domingo 12 de octubre de 2017)

Cada vez es más frecuente la organización de foros de debate sobre lo que legalmente se denomina “gestación por sustitución” (así lo hace la Ley de Reproducción Humana Asistida) por parte de instituciones políticas, organizaciones sociales, medios de comunicación y universidades. En muchas ocasiones se utilizan para legitimar socialmente esta práctica de tal forma que se allane el camino a la aprobación de propuestas de legalización como la planteada por Ciudadanos en el Congreso de los Diputados, cuya tramitación parlamentaria presumiblemente será más pronto que tarde. En uno de esos foros, recientemente celebrado, expertas juristas sostenían que la prohibición de esta práctica “podría tener elementos de posible inconstitucionalidad” por suponer una injerencia en la autonomía personal. Y una, como constitucionalista con perspectiva crítica (y ahí se inscribe el feminismo, como teoría crítica del poder), comprenderán que no puede permanecer impasible ante tales afirmaciones que trascienden al debate académico y se trasladan a la opinión pública.

Creo que la mayoría de las veces lo más obvio es lo más invisible, lo que pasa más desapercibido. Y a algunas de esas obviedades en esta debatida cuestión quiero hacer referencia aquí. Primera obviedad: la gestación (y el parto) es un proceso biológico, no una “técnica”. Segunda obviedad: es imposible la sustitución o subrogación en los procesos biológicos. Tercera obviedad: biológicamente, sólo las mujeres pueden gestar y parir. Cuarta obviedad: el resultado del parto es el nacimiento de un ser humano. Quinta obviedad: los seres humanos no pueden ser considerados como propiedades de otros seres humanos…¿o acaso esto ya no es tan obvio?

Cuando se invoca la autonomía personal para legitimar este tipo de contratos se recurre al argumento de que la Constitución ampara la libertad máxima del individuo bajo la cláusula del “libre desarrollo de la personalidad” establecida en el artículo 10.1, que inagura el título de los derechos y deberes fundamentales. Y que, en consecuencia, los límites que se establezcan a dicha libertad no pueden obedecer a una suerte de moral individual. La cuestión es que la apelación a “individuos” o “personas” oculta las cuatro obviedades de índole biológica a las que me he referido porque la construcción jurídica del “individuo” se ha hecho históricamente prescindiendo de su cuerpo. Afirmar que prohibir la denominada “gestación por sustitución” puede ser inconstitucional por suponer una limitación injustificable en el libre desarrollo de la personalidad de las mujeres equivaldría a sostener, en consecuencia, que las mujeres somos propietarias de los seres humanos que parimos y que, por tanto, tenemos poder de disposición sobre ellos en uso de nuestra “máxima” libertad. Esta era la quinta obviedad a la que me refería. Por eso sostengo (entre otras razones) que legalizar esta práctica es, obviamente, inconstitucional.

Libertad, democracia y derecho a decidir

 

(Artículo publicado en diario «Información» el 29 de octubre de 2017)

Son datos constatados que las mujeres somos quienes ocupamos mayoritariamente los empleos a tiempo parcial, quienes solicitamos reducciones de jornadas (o, incluso, abandonamos el mercado de trabajo) para el cuidado de menores u otras personas dependientes en la familia. Los efectos: percibimos menos ingresos en concepto de salarios y pensiones ¿Se puede argumentar que lo elegimos libremente? La respuesta sólo puede ser afirmativa si obviamos la existencia de un sistema de dominación patriarcal que asigna espacios y roles diferentes a hombres y a mujeres, generando así desigualdades. Pero negar la existencia del patriarcado es difícil porque entonces ¿cómo explicamos que la mayoría de mujeres elijan de tan distinta forma a como lo hacen la mayoría de los hombres? No valen respuestas esencialistas. Eso ya pasó y no tragamos el argumento.

Sin embargo, en la prostitución o en la eufemísticamente denominada “gestación por sustitución”, ese es el argumento esgrimido por quienes buscan una legitimación (aparentemente) acorde con una democracia: el derecho a decidir de las mujeres o libre elección. Que esa libertad de elección sea ejercida para permitir la utilización de los cuerpos de las mujeres, que es lo que precisamente ha venido haciéndose históricamente, ¿es casual?

La socióloga Rosa Cobo, que presentó este jueves en Alicante su último libro (“La prostitución en el corazón del capitalismo”, Los Libros de la Catarata, 2017), nos invita a interrogarnos “acerca de si puede haber una relación consentida por parte de quien tiene una posición social subordinada y se encuentra en la intersección de dos sistemas de dominio tan opresivos para las mujeres como son el capitalismo y el patriarcado”, advirtiendo que “en las sociedades heteropatriarcales la libertad de elección de las mujeres está condicionada por la ideología sexista, que les conduce silenciosamente a replicar los roles asignados patriarcalmente”. Argumenta brillantemente sobre los pensamientos legitimadores del capitalismo global, que beben de los orígenes de nuestras modernas democracias, y que configuran la libertad como “el eje sobre el que gira el proyecto social neoliberal, cuya condición de posibilidad es un concepto de libertad desvinculado del de la igualdad”.

Pero libertad e igualdad son inseparables en democracia y ambos conceptos han estado unidos desde sus orígenes, si bien se han ensanchado y resignificado por la presión para incluirse en ellos de sujetos excluidos o incluidos precariamente. Mi colega constitucionalista Eva Martinez Sampere afirmaba que la democracia supone “el paso de la libertad como no interferencia a la libertad como no dominación”. Dicho de forma menos aguda e inteligente, supone el paso de la igualdad formal (o aparente) a la igualdad efectiva (o real). Porque la dominación sólo es posible en un contexto de desigualdad real. Y en este contexto, apelar la libertad sólo sirve para perpetuar la dominación.

Talento Femenino, poder masculino

(Artículo publicado en el diario «Información» el domingo 22 de octubre de 2017)

Cuando explico en clase las estructuras de dominación que configuran las relaciones sociales de poder presto especial atención a la estructura patriarcal, por ser una de las ignoradas o excluidas del ámbito del conocimiento científico y, sin embargo, la más antigua y persistente de todas ellas. Para dar cuenta de la existencia del patriarcado en la Antigüedad y de su forma de legitimación utilizo pequeños fragmentos de conocidas obras de los filósofos clásicos del pensamiento occidental referidas al modelo ideal de Estado.

En un pasaje de “La República”, obra más conocida por el célebre “mito de la caverna”, Platón afirma la superioridad masculina a través de un pequeño diálogo entre los personajes de Sócrates y Glaucón. En él, Sócrates pregunta a Glaucón: “¿Conoces alguna profesión humana en la que el género masculino no sea superior al género femenino en todos los aspectos? No perdamos el tiempo en hablar de tejido y de confección de pasteles y de guisos, trabajos para los que las mujeres parecen tener cierto talento y en los que sería completamente ridículo que resultaran vencidas”. Y responde Glaucón: “Es verdad que prácticamente en todas las cosas, uno de los sexos es muy inferior al otro. No es que no haya muchas mujeres mejores que muchos hombres en muchos aspectos; pero, en general, las cosas son como tú dices”.

Vestido y alimentación son tareas asignadas a las mujeres de forma “natural”, como si hubiéramos nacido genéticamente predispuestas para su realización y que en ese periodo de la historia, aun siendo necesarias para el sustento de la vida, para la atención a necesidades básicas, no tienen valor, desarrollándose en el ámbito doméstico o familiar. Solo en pleno desarrollo del capitalismo (esa otra gran estructura de dominación), en el siglo XX, dichas actividades formarán parte del mercado, un ámbito de relevancia pública y donde se mide el poder y el éxito social. Y entonces, contrariamente a lo que ha sucedido a lo largo de la historia, parece que el “talento” para esas tareas como el tejido (ahora convertido en “moda”) o como la confección de pasteles y de guisos (ahora denominada “gastronomía”) lo tienen los hombres. Ejemplos hay en abundancia y bien recientes. La marca “Alicante, ciudad del arroz”, estrategia de promoción turística y cultural, ha arrancado hace tres semanas con unos cursos de cocina impartidos por ocho grandes “maestros arroceros”, todos hombres. Y todavía me escuecen las retinas al ver la foto de la segunda edición de los Premios de Gastronomía de Madrid, donde los diez galardones se concedieron a hombres. Bueno, excepto uno, el del “Reconocimiento a Toda una Vida”, que fue compartido por un hombre y una mujer ¿No será que no hablamos de una cuestión de talento, sino de poder?

Mujeres y pueblos

(Publicado en diario «Información» el domingo 15 de octubre de 2017)

En un afán legitimador de sus posturas, hay quienes han evocado a Rosa Parks como icono de la desobediencia civil (no aplicable, por cierto, a poderes públicos) o a la lucha por la libertad de las mujeres para decidir sobre la interrupción de su embarazo, por ejemplo, para compararla con el independentismo o con el derecho de un pueblo a expresar la opinión sobre la relación entre Cataluña y España (popularizado ya con la expresión “derecho a decidir”).

También se ha recurrido, respecto de la relación España-Cataluña, a la analogía con la violencia machista, en la que Cataluña se identificaría con una mujer maltratada que decide abandonar al maltratador, identificado con España. Ya sucedió eso en un ampliamente criticado documental emitido por TV3 en diciembre de 2014 y en estas semanas he vuelto a escuchar el símil y a ver carteles en las movilizaciones en ese sentido.  Incluso en el debate en el Congreso sobre el Pacto de Estado contra la violencia de género el pasado 28 de septiembre la cuestión territorial estuvo presente. La diputada de En Comú Podem, Ángela Rodriguez, defendía el voto por la abstención de su grupo parlamentario por considerar que el citado pacto no suponía “una reformulación de la sociedad en la que vivimos”, concluyendo que “el derecho a decidir de las personas y también de los pueblos es una de las cosas más fundamentales que hay que garantizar. En consecuencia, hoy estamos en profundo desacuerdo con ustedes, por las mujeres y por los pueblos”.

Creo que no hay término de comparación posible porque los sujetos de esos derechos no son comparables. En un caso hablamos de mujeres, seres humanos, sujetos individuales, reales (no ficticios), aunque la lucha por los derechos (como no puede ser de otra manera) sea colectiva. En el caso de Cataluña (como en el caso de España), el sujeto que se invoca (la nación o el pueblo) es una ficción, en el sentido de que se trata de un sujeto colectivo que no permite individualizaciones. Y no puedo evitar recordar que de ese sujeto colectivo las mujeres hemos estado históricamente excluidas. Como señala el historiador Álvarez Junco, hay “demasiados ejemplos de gobernantes que, en nombre del pueblo, la nación o el proletariado, han tiranizado a gran parte de esos mismos colectivos”.

Otra cosa distinta es ver en la independencia de Cataluña la ocasión de construir un Estado feminista como oportunidad para acabar con el sistema patriarcal que nos discrimina a las mujeres. Aparte de parecerme bastante ingenua esta tentadora postura (dado el innegable protagonismo masculino tanto en los gobiernos como en los medios de comunicación), no alcanzo a comprender cómo se puede combatir este sistema de opresión universal desde la atomización estatal.

La insoportable irrelevancia política de la violencia machista

 

(fecha de publicación: 8 octubre 2017 en diario Información)

Asistimos con inquietud y preocupación al enfrentamiento entre dos gobiernos legítimos: el de España y el de Cataluña, el del Estado y el de una Comunidad Autónoma. Las fuerzas políticas situadas al frente de cada cual tienen concepciones diametralmente opuestas sobre la organización territorial del poder, pero ambas coinciden en la indiferencia hacia un problema político de enorme magnitud: las históricas y persistentes relaciones de desigualdad entre mujeres y hombres y su manifestación más cruenta manifestación, que es la violencia machista.

En la semana en que el enfrentamiento entre los dos gobiernos ha alcanzado su punto álgido, la violencia machista se ha cobrado la vida de seis mujeres y del bebé de una de ellas. Y el silencio al respecto ha sido clamoroso. La misma semana en la que el Congreso debatía y aprobaba  un pacto de Estado contra la Violencia de Género que requerirá, como la ley aprobada en 2004, de la coordinación y acuerdo del Estado con las Comunidades Autónomas. Mientras se fraguaba el pacto, desde la Seguridad Social se recurría una sentencia que incrementó la pensión de orfandad a tres menores, hijos de una asesinada por violencia machista en 2009. Ante la presión socialista y con el trágico balance de la semana, han retirado el recurso. Pero el Ministerio del Interior, el mismo día en que era encontrada otra mujer asesinada en Miranda de Ebro, anunciaba su intención de denunciar ante la Fiscalía a Ada Colau por haber declarado que durante la jornada del 1 de octubre algunas mujeres afirmaron haber sido agredidas sexualmente por la policía.

El bebé y dos mujeres fueron asesinadas el mismo domingo 1 de octubre. Una fue asesinada en Madrid por un hombre que confesó haberlo hecho “por celos”, aunque no computará en las estadísticas oficiales porque no había existido relación de pareja. Otra fue abatida a tiros en la puerta de su domicilio, en Barcelona, y el asesino mató también al bebé antes de suicidarse. En esa jornada se agitaban banderas. Ninguna de ellas protegía a esas mujeres. Sin duda, hubo violencia. Pero el rechazo y la condena masiva a esa violencia no incluye la de la violencia machista, que no tiene fecha fija porque está presente todos los días. Tanto el orden que hay como el que se pretende construir tienen un eje común: son órdenes patriarcales. Ninguno defiende la bandera de la igualdad.

La constitucionalista Eva Martinez Sampere, fallecida el pasado marzo, al preguntarse la razón por la que “el orden social patriarcal ha construido en última instancia las diferencias corporales entre los sexos como discriminatorias contra las mujeres” afirmaba “La única respuesta que me parece plausible es la de preparar a los varones para la guerra”. Y parece, vistas las actuaciones de ambos gobiernos, que Eva tenía razón.

 

1-O: el inaplazable derecho al voto

Que no les confunda el titular. No voy a escribir sobre el no-referéndum en Cataluña. Probablemente la del 1 de octubre de 2017 será una fecha de relevancia histórica en el futuro, pero ni de lejos tendrá la trascendencia del 1 de octubre de 1931. Entre el 29 de septiembre y el 1 de octubre de aquel año, las Cortes Constituyentes debatieron y aprobaron (aunque no de forma definitiva) la esencia misma de la democracia, su elemento constitutivo: la igualdad de derechos de hombres y mujeres, con la consecuente eliminación de privilegios y el reconocimiento del sufragio universal, un derecho hasta entonces sólo reservado a los hombres.

El debate, durísimo, lo ganó a pulso la diputada Clara Campoamor, integrante de la Comisión Constitucional redactora del proyecto. No fue la igualdad de derechos lo impugnado ni la titularidad del derecho de sufragio, sino precisamente su puesta en práctica o, más concretamente, el ejercicio del derecho al voto por parte de las mujeres. Y fue, precisamente, buena parte de la izquierda (incluida la formación política de la propia Clara Campoamor) la que, habiendo votado a favor de la igualdad derechos el 29 de septiembre, trató por todos los medios, desde el día siguiente a esa aprobación, que el voto de las mujeres se aplazase. En efecto, el mismo 30 de septiembre el Partido Radical y Acción Republicana presentaban una traicionera enmienda al artículo en cuestión que, sin cuestionar abiertamente el derecho de las mujeres al voto, dudaban de su oportunidad, pretendiendo que fuera la ley electoral la que permitiese o impidiese a éstas su ejercicio. Hubo votación nominal esa tarde en el Congreso, solicitada por la propia Campoamor: 153 votaron en contra de la misma y 93 la apoyaron. Parecía que la lógica y la razón habían vencido por un margen de 60 votos, pero no. Al día siguiente, 1 de octubre, otra votación nominal, esta vez para votar no una enmienda, sino la totalidad del artículo 34 que reconocía el derecho al voto para ambos sexos. Con 161 votos a favor y 121 en contra, 40 votos de diferencia, quedó aprobado en el marco de un debate en el que se escenificó el enfrentamiento entre Clara Campoamor y Victoria Kent, por entonces las únicas dos diputadas de la Cámara.

Todavía hubo una intentona más: el 1 de diciembre, quienes habían visto derrotadas sus expectativas en las votaciones al articulado trataron de introducir una disposición transitoria en el proyecto de Constitución que estaba a punto de aprobarse. Pretendían dejar sin efecto temporalmente el artículo 34, de tal manera que sólo tras la celebración de dos elecciones municipales pudieran las ciudadanas votar en las elecciones legislativas, provinciales y regionales. Los votos socialistas y republicanos impidieron tal intento de vaciamiento constitucional por parte de Acción Republicana y de la minoría radicalsocialista, pero sólo por una diferencia de ¡4 votos!. Fue la diputada Clara Campoamor la encargada de rebatir esta enmienda, pero no cayó en la trampa de volver a defender el voto para las mujeres. Como bien afirmó “aunque mujer y convencida de la justicia de ese derecho, no voy a defender el voto. Eso ya pasó”. Lejos de contestar a los argumentos esgrimidos sobre la poca preparación política de las mujeres o su consideración como “la hipoteca del confesionario”, anunció que a lo que iba a contestar era a los verdaderos argumentos y razones que impulsaban la enmienda y que, sin embargo, no constaban específicamente en la misma. Y éstos no eran más que el miedo a que las mujeres votaran mayoritariamente a las derechas.

No lo pudo expresar mejor Clara Campoamor: “nos oponemos a que (…) dentro de la misma Constitución, se eleve (…) un monumento al miedo”.  Por eso afirmó: “Yo voy a defender la Constitución (…) Y ha de advertirse que entiendo que en toda la Constitución los derechos son los mismos” y, en consecuencia, no se podía condicionar el derecho al voto de la mitad de la ciudadanía.

La Constitución de la República de 1931 se aprobó el 9 de diciembre. Si no hubiera sido por la batalla que planteó Clara Campoamor, probablemente nos hubieran dejado sentadas a las mujeres en el banco de la paciencia. Justo donde suelen enviarnos siempre que planteamos el reconocimiento efectivo de nuestros derechos ¿Nos enviarán también allí cuando se plantee la reforma de la actual Constitución? ¿Permitiremos que eso suceda?

clara campoamor

(Recomiendo la lectura de los debates directamente de los diarios de sesiones de aquellas Cortes Constituyentes. Aquí va el enlace: http://www.congreso.es/est_sesiones/)

¿Madre a la fuerza?

Esta semana, entre todas las terribles noticias recibidas, me impactó especialmente la de una niña portuguesa de 12 años que está embarazada de 25 semanas como consecuencia de las reiteradas violaciones de su padrastro. Dado que el plazo de 16 semanas de gestación que prescribe la ley para interrumpir el embarazo en caso de violación se ha sobrepasado, se encuentran ahora las autoridades médicas decidiendo si la niña ha de ser o no madre. Sigue leyendo

Disculpen las molestias, pero es que nos están asesinando

(Artículo publicado en «Información» el domingo 5 de abril de 2015)

Son las 16.24 horas del 31 de marzo y me dispongo a leer la prensa digital. Ni 24 horas han transcurrido desde la noticia del asesinato de una mujer y sus dos hijas en Gibraltar, culminando una jornada sangrienta en que unos machistas decidieron segar la vida de sus parejas o exparejas en Alahurín de la Torre y en Lleida y siguen sin esclarecerse los motivos del asesinato de una mujer cuyo cadáver ha sido hallado con signos de violencia en una cuneta de Isla Cristina. Sigue leyendo